Por: Sheika Gómez Hernández
Foto: José Guzmán / Pulso Estudiantil
La Universidad de Puerto Rico (UPR) radicó anoche electrónicamente una Solicitud de Auto de Mandamus contra la Policía de Puerto Rico, por conducto de su superintendenta, Michelle Hernández de Fraley, y el Estado Libre de Asociado de Puerto Rico, por conducto de la secretaria de Justicia, Wanda Vázquez Garced.
Un Auto de Mandamus es un recurso extraordinario al mando de un oficial para realizar un acto ministerial que la ley reconoce como un deber absoluto, y no una cuestión de discrecionalidad de los funcionarios. Se utiliza solo cuando todos los demás recursos judiciales fallan.
El recurso legal solicita que se obligue a la superintendenta de la Policía de Puerto Rico a “cumplir su deber ministerial de proteger a las personas y a la propiedad de la UPR, mantener y conservar el orden público y compeler la obediencia de las leyes, mediante la utilización de todos los recursos disponibles para ejecutar la Orden de Mandamus e Injuction Preliminar, emitida por el Tribunal de Apelaciones» el 5 de mayo de 2017.
A pesar de la Orden de Mandamus e Injuction Preliminar, que establecía que el recinto debía reanudar sus operaciones el 11 de mayo, los estudiantes ratificaron el 10 de mayo en asamblea el voto de huelga y la estrategia de no permitir acceso a las instalaciones.
“A tenor con lo anterior, los estudiantes en paro y los grupos que los apoyan, impidieron el acceso al Recinto y el restablecimiento de sus operaciones según lo ordenado, a pesar de todos los esfuerzos realizados por la UPR para cumplir el mandato del Tribunal”, lee el recurso.
“Los estudiantes han continuado en paro a pesar de la orden judicial, y nos hemos visto imposibilitados de reabrir el Recinto sin poner en riesgo la seguridad personal y de la propiedad”, expresó en comunicado Nivia A. Fernández Hernández, presidenta interina de la UPR.
Asimismo, Fernández Hernández explicó que la mesa de diálogo institucional tampoco logró reabrir de manera pacífica los portones para retomar las operaciones académicas y administrativas el lunes, 22 de mayo, a pesar de que se alcanzaron unos preacuerdos que fueron anunciados públicamente el sábado, 20 de mayo, y que esa misma noche fueron rechazados por los plenos de los estudiantes en paro.
“Agotados todos los recursos, ayer se radicó este Mandamus contra la Policía de Puerto Rico”, añadió.
La UPR expone en su solicitud que -a pesar de que la Policía de Puerto Rico es el organismo público compelido por su ley orgánica a proteger la propiedad, mantener y conservar el orden público, prevenir y perseguir el delito y compeler la obediencia a las leyes- “dicho cuerpo ha indicado que no le compete participar en la ejecución de la Orden de Mandamus e Injunction Preliminar emitida por el Tribunal de Apelaciones».
La orden fue a los efectos de reestablecer el acceso al Recinto de Río Piedras y las labores educativas; garantizar que se permitiera el libre y seguro acceso al mismo, sus instalaciones, edificios y salones de clase; y realizar cualquier otro acto necesario para cumplir cabalmente con lo ordenado por los tribunales.
Indica además que la UPR no cuenta con poder coactivo para forzar a los terceros que actualmente están impidiendo el acceso al Recinto de Río Piedras a cumplir con lo ordenado por el Tribunal de Apelaciones porque, aunque el Recinto cuenta con la División de Seguridad y Manejo de Riesgos -comúnmente conocida como “la guardia universitaria”- este cuerpo no cuenta con el adiestramiento ni con el equipo necesario para manejar este tipo de situación.
La institución establece que ha agotado todos los mecanismos a su haber para abrir los portones del Recinto de Río Piedras, incluyendo repetidas gestiones de conciliación y diálogo con los representantes estudiantiles que han sido infructuosas.
“Las actuaciones de estas personas le ocasionan a la UPR, a la comunidad universitaria y al público en general pérdidas y daños inmediatos e irreparables, para los cuales una compensación pecuniaria no sería un remedio adecuado. De no detenerse la conducta ilícita de los demandados, la comunidad universitaria sufrirá daños irreparables en la medida en que la interrupción de las operaciones del sistema universitario y de las labores docentes atrase irrevocablemente todos los programas académicos y proyectos de investigación e intercambio antes mencionados”, añade el Auto de Mandamus.
El recurso legal radicado, también hace referencia a la acreditación de la UPR ante la Middle States Commission on Higher Education, que según el mismo “podría verse afectada ante esta situación que no le permite cumplir cabalmente con las exigencias que se le imponen de mantener operaciones institucionales regulares, con estudiantes participando activamente en sus programas académicos”.